En Madrid, a 17 de febrero de 2022, siendo las 12:00 horas se reúne el Consejo del Secretariado.

La reunión se celebra bajo la presidencia del Director General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia (SGICSPJ) y también Secretario General de la Administración de Justicia (SGAJ) don Manuel Olmedo Palacios, la asistencia de los nueve vocales, más don Javier Garrido Ramos Subdirector General Adjunto para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial quien interviene además en calidad de Secretario del Consejo.

1º Presentación del Secretario General de la Administración de Justicia.

Se presenta el SGAJ don Manuel Olmedo Palacios, manifestando que pertenece a la carrera judicial habiendo estado destinado en muy diversos Juzgados y que, por tanto, conoce perfectamente la problemática de los LAJ, estando dispuesto al diálogo para buscar soluciones a los problemas.

Con carácter previo a abordar los puntos del orden del día se trató la actual situación de conflictividad laboral en el Cuerpo Superior Jurídico de Letrados de la Administración de Justicia, respecto de la negociación colectiva propia por los LAJ, el SGAJ manifestó que con la actual normativa no era posible, que todos somos juristas y las normas dicen lo que dicen. En cuanto a la adecuación salarial es un asunto cerrado, sin perjuicio de explorar otras vías como las retribuciones por entradas y registro, el Registro Civil, complemento de carrera profesional, etc. Que en cualquier caso siempre está dispuesto al dialogo.

Por los Vocales se manifestó el hartazgo que existe en los LAJ por la forma en que se ha gestionado la adecuación salarial por parte del Ministerio, así como la asunción por parte de los sindicatos generalistas de nuestra representación, lo que hace que exista un enorme descontento en los LAJ.

Por el Vocal de la plataforma manifiesta, en cuanto a la adecuación salarial, que el Ministerio ha negociado con los sindicatos generalistas una subida del 5% que es considerada muy insuficiente, porque las competencias, funciones y responsabilidad atribuidas a los LAJ desde el año 2009, en las sucesivas reformas legislativas, que se calcula en un 30% como consta en informes que tiene el propio Ministerio y ello sin contar la implantación de las nuevas tecnologías en las que el LAJ es el impulsor y responsable, por tanto, 195 euros mensuales está muy lejos de conseguir restablecer el equilibrio que debe presidir las relaciones laborales entre las obligaciones asumidas y las retribuciones percibidas por los LAJ. Respecto de la representatividad, es una realidad pública y notoria que los LAJ no estamos afiliados a los sindicatos generalistas, ya que tenemos nuestras propias asociaciones lo que significa que dichos sindicatos generalistas carecen de legitimidad para representarnos y se están atribuyendo una representatividad de la cual carecen, todo ello con la connivencia del propio Ministerio, en consecuencia, mantener dicho criterio que además de injusto es indignante, conlleva estar abocados a un conflicto colectivo permanente, siendo necesario buscar una salida negociada entre el Ministerio y las Asociaciones de LAJ, porque esta situación de tensión causa un gran perjuicio al servicio público de la justicia. Además si la normativa es la misma desde hace muchos años y otros equipos ministeriales han negociado con las Asociaciones de LAJ será que es jurídicamente posible, por tanto, es cuestión de querer, de tener intención, de voluntad política, sin perjuicio de proceder a iniciar las reformas legislativas que procedan. Por el SGAJ, respecto de este último aspecto, se manifiesta que el Gobierno no tiene intención de reformar el actual marco legislativo de negociación colectiva.

También se plantean por los Vocales que se encuentra pendiente de resolver la actualización del Escalafón, la cuarta categoría, que existen LAJs de tercera categoría que cobran menos que algunos Gestores Procesales de su propio Juzgado y en definitiva que en nuestro Reglamento tenemos lo malo de los Gestores Procesales y también lo malo de los Jueces.

En relación al resto de los puntos establecidos en el orden del día:

2º La RPT de LOS Letrados y Letradas de la Administración de Justicia de Igualada y Mollet del Vallés:

Se informa por los Vocales que tres LAJ se queden en las cinco UPAD es correcto. Además también tendrán que encargarse en un futuro próximo del Registro Civil. También llevaran la UPAD con Violencia de Género. Que el problema es la ejecución porque un solo LAJ para ejecutar todo lo de cinco UPADS es insuficiente.

Por el Vocal de la plataforma se informa que como tres LAJ se quedan en las cinco UPADS, los 2 LAJ restantes uno se hace cargo del SCG y el otro LAJ se dedica en exclusiva al SCE, considerando totalmente insuficiente o infradotado de LAJ el Servicio Común de Ejecución en atención a los siguientes números estadísticos oficiales:

 

   

EJECUCIONES ANUALES INGRESADAS

 

PORCENTAJE RESPECTO LA MEDIA NACIONAL

 

EJECUCIONES PENDIENTES

 

PORCENTAJE RESPECTO LA MEDIA NACIONAL

MOLLET DEL VALLES 1.089 +285% 5.373 +386%
IGUALADA 1.451 +380% 4.876 +350%
MEDIA ESPAÑA 381 1.391

 

En base a ello, se informa en el sentido de considerar necesario el incremento de la dotación de LAJS del SCE en ambos partidos judiciales en:

  • 1 LAJ más en la dotación de LAJS del SCE en el partido de Mollet del Valles
  • 2 LAJs más en la dotación de LAJS del SCE en el partido de Igualada

Por el SGAD se manifiesta que sí, que parce que puede resultar infradotado el SCE, pero que no está previsto aumentar la plantilla de LAJ

Respecto de las retribuciones, se interesa por los Vocales que al ser LAJ de tercera categoría y grupo 5º de población, probablemente percibirán menos retribuciones que algunos Gestores Procesales de sus mismos Juzgados, siendo una de las causas de la existencia de tantas vacantes en los partidos judiciales de tercera categoría. Por el SGAD manifiesta que convendría darle una vuelta a los grupos 5º de población e incluso suprimirlos.

3º Convocatoria de elecciones del Consejo del Secretariado:

Se procede a realizar una presentación en power point sobre el voto telemático por parte de personal de la Dirección General de Transformación Digital, de donde se desprende que queda garantizado el secreto del voto, ya que no existe ningún vínculo entre votante y el sentido del voto, y será imposible, con posterioridad, saber qué ha votado cada persona, pero sí si ha ejercido su derecho a voto.

Que durante el proceso de votación se recaban una serie de evidencias electrónicas, al ser una votación secreta y disociada lo único que se registra y custodia es: la trazabilidad de las comunicaciones; la trazabilidad de acceso, autenticación y actividad; y los certificados de voto emitidos y disociados; sin que guarden del sentido del voto.

Respecto de los interventores, la herramienta permite su actuación, pero puede ser en el sentido de tener ciertos privilegios de administración, pero siempre sin que puedan votar por ningún LAJ, ya que no está permitido el voto delegado al ser éste personal.

El tiempo para ejercer el derecho al voto puede prolongarse por varios días (por ejemplo dos o tres días), es decir, no es como las elecciones en papel que tenía que ser en una sola jornada.

4º Ruegos y preguntas

Por el vocal de la Plataforma, se solicita que se acometa un plan de seguridad y salud, en el doble sentido, primero elaborar un “Plan para medir las cargas de trabajo” de los Juzgados, señalando a título de ejemplo que en los Juzgados de Primera Instancia se están registrando unas 2.500 demandas al año, siendo un volumen de trabajo excesivo que causa un evidente estrés y agobio al responsable que es el LAJ por resultar totalmente imposible tramitar semejante carga de trabajo con los medios disponibles y en un espacio de tiempo y calidad razonable. En segundo lugar se deben establecer protocolos de seguridad, especialmente para las diligencias de entrada y registro donde el LAJ tiene que ir muchas veces sin ningún tipo de protección y también en ocasiones en las diligencias de lanzamientos. Igualmente se solicita que se establezca un protocolo sobre relación con los servicios de prensa, para evitar incidentes como el desafortunado episodio del llamado “caso manada”, de forma que tengamos seguridad jurídica de cómo y en que circunstancias se puede facilitar información a los gabinetes de prensa.

Por último, los Vocales se interesan por los planes de refuerzo para revisar los procedimientos en materia de incapacidad, así como la actualización de la RESILAJ.

El SGAJ manifiesta que toman nota para avanzar en las cuestiones planteadas.

Sin nada más que tratar se dio por concluida la reunión del Consejo del Secretariado siendo las 14:30 horas.

ConSec