Nota informativa publicada por el Ministerio de Justicia relativa a la celebración de las subastas

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, prevé en su disposición adicional segunda la suspensión de los plazos procesales. El cómputo de estos plazos, deberá reanudarse en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Para dar virtualidad a esta suspensión en los procesos de ejecución, hoy lunes 16 de marzo de 2020 se ha solicitado a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado la suspensión de todas las subastas judiciales que se estaban celebrando, suspensión que se ha producido a las 12:30 horas. Esta suspensión se alzará cuando concluya la vigencia del estado de alarma al cesar las circunstancias excepcionales que han dado lugar a la adopción de esta medida, momento en el cual se reanudará el periodo de tiempo que le faltase a cada subasta para concluir. Una vez reanudados los cómputos, los postores podrán consultar el plazo que resta para la conclusión de cada subasta en el propio portal https://subastas.boe.es/ Esta medida afectará a todas las subastas judiciales que se encontraban en ejecución (1.165), incluidas las que deberían haber concluido hoy lunes (200), produciendo también sus efectos respecto de las posibles subastas que se estuviesen celebrando en procesos de naturaleza no ejecutiva (v.gr. jurisdicción voluntaria).