Publicada la Orden JUS/364/2019, de 22 de marzo, por la que se determina el porcentaje del complemento de destino a retribuir por sustituciones realizadas por Letrados de la Administración de Justicia a los que les sea de aplicación el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Artículo único. Las sustituciones reguladas en el artículo 10.3 del Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, darán derecho a una retribución del 80 % del complemento de destino correspondiente a la plaza cuya sustitución se realice.

Efectos económicos de las sustituciones iniciadas, esta retribución será de aplicación a las sustituciones realizadas durante el mes de marzo de 2019 que no hubieran finalizado antes de la entrada en vigor del Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función.

Orden JUS/364/2019