Orden JUS/459/2018, de 23 de abril, por la que se resuelve el concurso de traslado para la provisión de plazas del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia convocado por Orden JUS/233/2018, de 27 de febrero.

Los Letrados de la Administración de Justicia nombrados deberán cesar en sus actuales destinos dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo establecido en el artículo 117 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese y será de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia, de ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la misma Comunidad Autónoma, o de veinte días hábiles si es consecuencia de reingreso al servicio activo o comporta cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de Canarias, Illes Balears, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el plazo será de un mes. Cómputo del plazo posesorio. El período de plazo posesorio es computable a efectos de consolidación de categoría como tiempo de desempeño en el nuevo puesto excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria, una vez transcurrido el primer año o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurridos dos años. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias, incluida la de vacaciones que hayan sido concedidas a los interesados.