Con ocasión de la entrada en vigor del nuevo modelo de Registro Civil que aprobó la ley 20/2011 de 21 de julio, modificada por la ley 6/2021, de 28 de abril, resulta evidente que se introduce un cambio absoluto en el actual modelo de Registro Civil. Como consecuencia de ello se precisa una  dotación de medios personales adecuados para que la transformación de este servicio público se implemente con éxito.

El nuevo modelo de Registro civil establece de forma nítida una decidida apuesta por la figura del Letrado de la Administración de Justicia como Encargado, al tratarse de un cuerpo superior jurídico de dilatada experiencia en este campo.

Pero estamos observando una peligrosa tendencia ministerial, y es la amortización de plazas de los Jueces Encargados que se está produciendo conforme se implanta el nuevo modelo (por ahora tres en Madrid y una en Barcelona); es decir, que dichas plazas cuando cesan los actuales jueces Encargados (ya sea por jubilación, por adscripción de dichos Magistrados al TSJ respectivo por la entrada en vigor de la Ley de 2011, etc.), desaparecen y se pierden al no crearse en su lugar la correspondiente plaza de LAJ Encargado.

Esta amortización supone evidentemente que un Modelo moderno de Registro Civil, tecnológico, y eficiente, encaminado a dar un mejor servicio al ciudadano termine dando un peor servicio público y pueda acabar fracasando, al acabar desbordando de trabajo a los nuevos LAJ Encargados.

También hay que tener en cuenta que, con el nuevo modelo, la figura garantista y de control de la legalidad del Fiscal casi desaparece, y que los propios gestores, ya no firmarán con firma delegada con el nuevo sistema de DICIREG, asumiendo por tanto el LAJ Encargado una responsabilidad mucho mayor.

Esto pasa por empezar la casa por el tejado, por no haber aprobado previamente las RPT, calculando la carga de trabajo y los LAJ necesarios en cada Registro Civil, antes de comenzar con la implantación del nuevo modelo.

Así podemos reseñar respecto a las plazas ya amortizadas, y que se pretenden amortizar en un futuro que:

  • En Madrid había cinco plazas de Juez Encargado, y cinco de LAJ antes de la entrada del nuevo modelo, y actualmente hay siete plazas de Encargado.
  • En Barcelona había tres plazas de Juez Encargado, y tres de LAJ antes de la entrada del nuevo modelo, y actualmente hay cinco plazas de Encargado.
  • En Murcia (que según parece será el próximo Registro Civil donde se implantará el nuevo modelo a principios de julio) actualmente hay una plaza de Juez Encargado, y otra de LAJ; y ya hay informaciones, de que el Juez Encargado será adscrito al TSJMu, por lo que nacerá el Registro Civil, de un partido tan importante como el de Murcia, con solo un Letrado Encargado, cuestión absolutamente inviable para su correcta gestión. Esta situación tiene que  corregirse por el Ministerio, por cuanto hay tiempo para que se cree una plaza por comisión de servicio para un 2º LAJ Encargado, y ello hasta que se reconozca en la RPT la nueva plaza correspondiente.
  • Los siguiente Registros donde se implantarán el nuevo modelo a partir de septiembre serán Tarragona y Valladolid, en los que se prevé una situación similar con la plaza de Magistrados Encargados, que se pretenden amortizar.

Por tanto, está en manos del Secretario General, y en su caso de la Ministra solventar esta situación; por un lado, acelerando la aprobación de las RPT correspondientes, y por otro, a la vista del retraso existente en su aprobación, cubriendo las plazas de dichos Magistrados Encargados, en caso de no amortizarlas, por LAJ, ya en concurso o transitoriamente por comisión de servicio. Ello no sería una novedad, ya que han sido nombrados recientemente en comisión de servicios dos LAJ Encargados para Madrid para la tramitación de juras de nacionalidades e inscripciones, como consecuencia de la avalancha de dichos asuntos producida en todos los Registros de España.

También con la demora de aprobación de las RPT se está causando un gran perjuicio a los compañeros de Madrid y Barcelona,  ya que tienen retrasos en la percepción del correspondiente complemento, no lo cobran mensualmente al no estar consolidado en la nómina, sino con retraso de varios meses, o con la productividad. Ello, además de inconvenientes fiscales, crea una enorme inseguridad, al no ser un complemento definitivo y firme, como sucedería si las RPT ya estuvieran aprobadas. Aprobación rápida de las mismas a la que se comprometieron tanto el Secretario General actual, como el anterior.

Además el propio Ministerio está incumpliendo el acuerdo con los sindicatos de 15 de diciembre, donde se estableció que en dos meses se aprobaría las RPT de los Registros civiles de Madrid y Barcelona, sin que haya novedad alguna cinco meses después.

Tampoco se sabe nada del Nuevo Reglamento ni del Estatuto propio del LAJ Encargado del registro Civil, del cual no se nos ha dado traslado de proyecto alguno a estas alturas.

Y si esta situación es altamente preocupante más lo será cuando el modelo se implante en los Juzgados compartidos o mixtos, de los cuales tampoco sabemos nada sobre el proyecto de retribución, ni de las sustituciones que serán esenciales para su correcto funcionamiento.

Conviene recordar que hay 436 LAJ en Registros Civiles en toda España, afectados por esta situación, más de un 10% de la plantilla.

UPSJ insta al Ministerio a la subsanación de esta tendencia de amortización de plazas. También lo venimos denunciando la situación a los distintos grupos parlamentarios, y desde las propias Delegaciones territoriales de UPSJ, instando directamente a que los propios compañeros de los Registros Civiles afectados, viendo la que se avecina, pidan por el conducto reglamentario que no se amorticen dichas plazas.

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