Hoy en Barcelona nos hemos despertado  con la desagradable noticia de que una compañera, Letrada de la Administración de Justicia, que presta servicios en un Juzgado de Instrucción de esta Ciudad se encuentra ingresada en el Hospital Clínic de Barcelona, por neumonía provocada por el COVI-19

Esto desgraciadamente no es ninguna novedad ya que todos los ciudadanos de este país están sufriendo de una forma u otra la pandemia que nos está mermando día a día.

Lo que sí es noticia es que el Ministerio de Justicia:  en contra del Real Decreto de Alarma en el que se aconseja el trabajo telemático como prioridad; en contra de  los criterios de servicios mínimos  que el Departament de Justícia estableció , fije un índice de presencialidad en la Administración de Justicia totalmente decimonónico y trasnochado que provoca que en determinados edificios, como por ejemplo la Ciudad de la Justicia en Barcelona, haya una condensación humana de más de doscientas personas.

No podemos entender que  en la era del expediente electrónico, digital, de los medios telématicos, se gestione de esta manera una situación de alarma sanitaria a nivel mundial.

¿ Qué diferencia  se puede apreciar entre los servicios mínimos que ha fijado el Ministerio de Justicia en pleno siglo XXI de los que hubiera fijado en una situación similiar hace treinta años sin los medios telemáticos que ha puesto a nuestra disposición?.

En una situación de alarma sanitaria no se trata de dar ejemplo. Lo estamos dando día a día, desempeñando nuestro trabajo con evidentes carencias de medios personales y  materiales.   Se trata de proteger a los ciudadanos y profesionales , protegerlos de ser contagiados y de la propia propagación de la enfermedad.

Los servicios mínimos  presenciales se han fijado de forma totalmente irresponsable, incompatible con la situación de alarma sanitaria que se está viviendo y sin tener en cuenta   los sistemas de trabajo que se han puesto a nuestra disposición, que de considerarse insuficientes deberían adaptarse a las necesidades del momento para dar una respuesta pronta eficaz como un estado de derecho se merece.

En otro orden de cosas, y no por ello menos importante denunciar que:  quienes acudimos a las oficinas judiciales , nos encontramos totalmente desprotegidos sin medidas de protección adecuadas, sin mascarillas, sin barreras de  protectoras, por lo que no se cumplen ningún caso la Ley de Prevención de riesgos laborales.

Se pone de forma constante y continua en riesgo  la salud no sólo de quiénes acuden a realizar sus funciones profesionales si no la salud de los ciudadanos que son atendidos en tal situación

Día a día aumenta el casos de infectados en nuestras oficinas judiciales, sin que se tomen medidas de cuarentena de las personas que han estado en contacto con ellos, desinfección de las sedes afectadas  ni cierre amparándose en el hecho de que no existen pruebas fehacientes que corroboren las sintomatologías denunciadas, cuando lo cierto es que no se están practicando los test correspodientes.

Por ello solicitamos:

Que desde este mismo instante por el Ministerio de Justicia se establezca un juzgado de guardia reforzado en cada partido judicial, o un juzgado de guardia plurijurisdiccional si la palabra parece más adecuada, a fin de atender los servicios esenciales que deban, ineludiblemente prestarse de forma presencial garantizando al personal todas las medidas de protección necesarias e inherentes a la situación de alarma sanitaria que se está viviendo

 Que de forma inmediata se  permita al resto de personal, que integra la administración de justicia, desarrollar sus funciones de forma telemática y con plena disponibilidad bajo la coordinación de los Letrados de la Administración de Justicia.

No debe dudar el  Ministerio  que los  derechos de los ciudadanos serán debidamente atendidos, y sin olvidar en ningún caso, momento y lugar que entre éstos derechos  se incluye el más fundamental de los mismos: el derecho a la vida

Barcelona, 24 de marzo de 2020