YOJuan José Yáñez Pena

Letrado de la Administración de Justicia

Es notorio que nuestro reglamento orgánico, aprobado por el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, se ha ido quedando desfasado desde 2015 y ya no responde adecuadamente a la realidad de nuestra profesión.

El último ejemplo lo podemos ver a diario en nuestro trabajo. El reglamento atribuye competencia a los Secretarios de Gobierno para cursar circulares e instrucciones de servicio a los LAJ de su ámbito territorial (art. 16.h), a los Secretarios Coordinadores para dictar instrucciones de servicio (art. 18.a) y al Secretario General de la Administración de Justicia para emitir órdenes, circulares, instrucciones y comunicaciones que se remitirán a través del superior jerárquico, a no ser que la urgencia del caso aconseje hacerlo directamente al destinatario, en cuyo caso dará inmediato conocimiento al Secretario de Gobierno (art. 21.2).

Como se ve, no se recoge la vía más reciente para comunicarnos instrucciones: a través de notas que aparecen en primer plano de la página de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones, sin fecha, sin firma y sin indicación de posible recurso.

No dudo de que hayan elegido esa vía porque la cuenta de consignaciones es lo mejor que tenemos, la única aplicación de las que usamos todos los días que funciona a plena satisfacción.

¿Quién dicta esas órdenes? ¿El Secretario General? ¿El Community Manager del Ministerio de Justicia? ¿El informático del CAU?

¿Qué consecuencia tiene su incumplimiento?

Estoy seguro de que ante estas dudas razonables se procederá por el Ministerio a realizar las reformas oportunas. Por ejemplo modificar dentro del catálogo de faltas disciplinarias la muy grave del art. 154.10 en el siguiente sentido: “desobediencia grave o reiterada a las órdenes o instrucciones verbales, escritas o a través de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones o cualquier vía similar de un superior o de alguien innominado emitidas por éste en el ejercicio de sus competencias si es que las tiene…”

Es deplorable que “alguien” crea que esa es una vía para darnos órdenes. Dicho eso, si están decididos a emplear ese medio, que por lo menos lo usen para ponernos frases motivadoras o, mejor aún, que procedan de una vez a darnos una digna adecuación salarial acorde a nuestras funciones, competencias y responsabilidades.

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