Desde que el 27 de septiembre de 2021 el nuevo modelo de Registro Civil comenzó su andadura en el Exclusivo de Madrid hasta la actualidad se han detectado un número importante de deficiencias que no se han solucionado satisfactoriamente.

La extensión del modelo y la entrada de DICIREG en los juzgados mixtos y compartidos ha multiplicado las incidencias que ya hemos denunciado en notas anteriores:

  1. Sigue sin existir una herramienta eficaz para el volcado de datos desde INFOREG a DICIREG, lo que supone que se dedique más tiempo al registro informático que a la atención al ciudadano.

  2. La compatibilización de competencias de Instancia y de Instancia e Instrucción con las del Registro Civil no está resultando operativa.

  3. La formación que se está impartiendo se limita al sistema informático DICIREG, cuando es necesaria una formación integral que incluya también los aspectos sustantivos de la Ley 20/2011.

  4. La dotación de personal es insuficiente, ni siquiera en los exclusivos la dotación es adecuada y se están amortizando plazas de encargados jueces cuando estos concursan o se jubilan, en vez de sustituirlos por LAJ encargados, como ha ocurrido en Madrid, Barcelona, Murcia, Valladolid o Bilbao.

  5. No se retribuye la sobrecarga de trabajo que supone el Registro Civil para el nuevo encargado, lo que provoca una huida de personal experimentado a otras plazas, con una pérdida de capital humano irreparable.

  6. No se solucionan los problemas de coordinación con las oficinas colaboradoras.

  7. No se ha aprobado el reglamento del Registro Civil.

Los problemas citados tienen solución, si bien pensamos que se debería detener la extensión de DICIREG hasta que los mecanismos previstos para ello estén en funcionamiento. El problema más importante sin embargo es el organizativo.

Ya en el trámite de enmiendas de la Ley de 2011 UPSJ lo había advertido, cuando informamos de que la compatibilización de funciones civiles y penales sería un error. El modelo adecuado para que funcione un Registro Civil moderno y eficiente es el previsto originariamente en la Ley 20/2011, que especificaba lo siguiente: Existirá una Oficina General por cada Comunidad o Ciudad Autónoma y otra más por cada 500.000 habitantes, con el número de LAJ encargados y de funcionarios necesarios en cada Registro.

Tenemos por ello una gran oportunidad con el proyecto de Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. El Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes debería aprovechar su trámite parlamentario para impulsar una reforma organizativa de los Registros Civiles para tender a un modelo de Registros Exclusivos atendidos por LAJ y funcionarios de justicia especializados que no tengan que compatibilizar con otras funciones y puedan ofrecer el servicio público de calidad que los ciudadanos se merecen, incluyendo la importante extensión de derechos reconocidos en la última legislatura en las leyes de memoria democrática o para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Es un objetivo al que deberían sumarse el resto de fuerzas políticas así como las Comunidades Autónomas, toda vez que es una cuestión transversal.

Esperamos que el Sr. Félix Bolaños asuma ese reto y nos dote del Registro Civil del siglo XXI que todos deseamos.

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