Alcanzar una negociación colectiva propia, desvinculada de la de los Cuerpos Generales y por ello de los sindicatos generalistas que siempre la han ejercido en perjuicio nuestro, es desde hace años uno de los principales anhelos de los integrantes de nuestro Cuerpo.

Es en el proceso electoral sindical de 2015 cuando UPSJ y el CNLAJ dan los primeros pasos para lograrlo, mediante la impugnación de los censos electorales provinciales en los que nos incluían a los LAJ en unidades electorales que no permitían la representación efectiva de nuestro Cuerpo por dos grandes motivos: primero, por meternos con los Cuerpos Generales, impidiendo nuestro escaso número obtener representación propia frente al mucho más numeroso colectivo de funcionarios. Segundo, por incluirnos en mesas autonómicas a los LAJ de territorios transferidos, impidiendo con ello al 70% de nosotros negociar con nuestro empleador, el Ministerio de Justicia, en caso de haber podido obtener representación. En su lugar, se atribuía nuestra representación legal a unos sindicatos generalistas que continuamente la usaron para perjudicarnos, como ocurrió con la impugnación en 2019 por CC.OO. del Decreto de Sustituciones, o por STAJ y CSIF el año pasado del acuerdo por el que se puso fin a nuestra huelga.

En aquel ciclo de 2015 obtuvimos laudos favorables en Tarragona y Girona y ganamos sentencias en Barcelona, Ourense, Tarragona y Zaragoza.

En el ciclo electoral de 2019, UPSJ obtuvo laudos favorables en Tarragona y La Rioja y sentencias en Girona y Ourense.

En el ciclo electoral de 2023, UPSJ obtuvo laudos favorables en Huelva, Navarra, Jaén, Huesca, Zaragoza y La Rioja, y sentencias en Ourense, Jaén y Teruel. El pasado miércoles 20 de marzo nuestros delegados intervinieron ante el árbitro en Tenerife, defendiendo nuestra exclusión de aquel censo. Hay todavía varias impugnaciones pendientes de arbitraje o juicio.

Pues bien, el pasado viernes nuestro colectivo ha obtenido dos grandísimas victorias.

La primera es la consecución por nuestros compañeros del CNLAJ de una sentencia del TSJ de Madrid que obliga al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a crear una unidad electoral propia para los LAJ.

La sentencia recoge literalmente los argumentos que UPSJ y el CNLAJ hemos defendido ante tantos arbitrajes y juicios sociales, como se comprueba en los fragmentos que incluimos a continuación:

“Entiende la Sala, junto con los recurrentes, que, al incluirse a los LAJ en el mismo censo electoral que al resto de funcionarios de la Administración de Justicia, pese a sus peculiaridades propias y específicas, se anulan completamente sus derechos a la negociación colectiva y a la libertad y representación sindical.”

“(…) se ha creado una situación irregular y discriminatoria para los LAJ, porque la negociación de las condiciones laborales de los funcionarios de la Administración de Justicia, se lleva a cabo a través de unas Juntas de Personal y de las distintas mesas que existan en dichas Comunidades Autónomas (generales o sectoriales de Justicia) en las que los LAJ nada pueden negociar porque no dependen de las respectivas Administraciones autonómicas, ni orgánica ni funcionalmente, por prescripción expresa del art. 444 LOPJ, como ya hemos dicho.”

“En las pocas CCAA que aún no han asumido las transferencias en materia de justicia, se produce una situación muy similar a la anteriormente descrita, puesto que los derechos a la negociación colectiva y a la libertad y representación sindical, se arbitran a través de las Juntas de Personal de la provincia correspondiente, que sería la competente para negociar con la Gerencia Territorial de Justicia correspondiente para el personal al Servicio de la Administración de Justicia, sin que dichas Gerencias puedan negociar con los LAJ, que, reiteramos, dependen única y exclusivamente de la Administración del Estado.”

La segunda gran noticia se la debemos a nuestros compañeros de RECLAMALAJ, que han obtenido un pronunciamiento de la OIT por el cual se dice que el Comité alienta al Gobierno a que mantenga un diálogo activo con todas las partes interesadas para asegurar que, tanto por medio de sus asociaciones como por medio de organizaciones sindicales de ámbito más general, los letrados y las letradas de la administración de justicia, dispongan de una posibilidad efectiva de expresar su voz y defender sus intereses en las instancias que les conciernen.

Esas dos noticias del viernes 22 de marzo son hitos muy importantes para lograr nuestra negociación colectiva. El objetivo no se ha logrado todavía. La sentencia del TSJM es recurrible. La recomendación de la OIT no tiene eficacia directa. Pero mal haría el Ministerio en recurrir la primera y en desoír la segunda; no aprovechar el pronunciamiento judicial para paliar una grave anomalía democrática y dar así a su vez cumplimiento al Acuerdo de marzo por el que se obligaba a reconocer una audiencia real y efectiva a las asociaciones.

El Cuerpo de LAJ ha demostrado, una vez más, que con diferentes voces habla el mismo idioma. Que todos perseguimos lo mismo con tenacidad y persistencia. Que hemos demostrado nuestra unidad dentro de nuestra diversidad en la huelga de 2023. Que juntos nadie nos detiene y que lograremos nuestro objetivo, en España o en Europa, más pronto o más tarde.

Todavía habrá que esperar un poco. Pero hoy sí podemos desde ya felicitar al CNLAJ, a RECLAMALAJ y a todas las compañeras y compañeros del Cuerpo de LAJ.

Adjuntamos la sentencia y la recomendación de la OIT.

Sentencia CNLAJ gana recurso representatividad propia

https://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=NORMLEXPUB:50002:0::NO::P50002_COMPLAINT_TEXT_ID,P50002_LANG_CODE:4396605,es

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