Con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023 el pasado día 20 de marzo, ponemos a disposición pública dos esquemas sobre los actos de comunicación:

– Sobre los actos de comunicación a las partes sin procurador (primer emplazamiento).
– Sobre los actos de comunicación por medios electrónicos (que pueden ser según el destinatario: a través de LexNET o a través de la sede judicial electrónica) o por remisión al destinatario (que pueden ser por correo postal certificado, por diligencia de entrega en el domicilio del destinatario o por diligencia de entrega en la sede del tribunal).
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