El artículo 9.2 de nuestra Constitución Española de 1978 establece que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, así como remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

A lo largo de 2019, este Cuerpo Superior Jurídico tendrá que combatir el reiterado incumplimiento de este deber por parte del Ministerio de Justicia con motivo de las diferentes convocatorias de elecciones sindicales para la formación de las respectivas Juntas de Personal en el ámbito de la Administración de Justicia.

De largo tiempo es sabido que los Letrados de la Administración de Justicia no deberían ser incluidos en el respectivo censo electoral provincial por el implícito menoscabo que supone para sus derechos constitucionales a la libertad sindical y negociación colectiva.

No obstante, a día de hoy, ello no ha impedido al Ministerio de Justicia facilitar los datos censales de nuestro colectivo a los efectos de la conformación del referido censo, y ello pese a la existencia de diferentes pronunciamientos arbitrales o judiciales que, respecto de la convocatoria electoral anterior, así lo determinaban.

Esta convocatoria electoral de 2019 supone un ejemplo manifiesto de la desprotección ministerial aludida en tanto que, sin haber articulado una solución al conflicto mencionado, se ha desentendido completamente del mismo obligando a los propios Letrados de la Administración de Justicia a que, individual o colectivamente, hagan valer por los cauces pertinentes sus derechos constitucionales a la libertad sindicales y a la negociación colectiva, provocando una actividad litigiosa totalmente innecesaria.

En este momento, la Unión Progresista de Letrados de la Administración se halla continuamente pendiente de las diferentes convocatorias electorales sindicales con el objetivo de corregir dicha incorrección censal, sin descartar ninguna instancia judicial que fuera pertinente.

Fruto de esta actividad, debe felicitarse a la Delegación de la Rioja por cuanto gracias a su compromiso e implicación personal se ha obtenido el primer pronunciamiento, en sede arbitral, que confirma la indebida inclusión de los Letrados de la Administración de Justicia.

Habida cuenta que en dicho procedimiento arbitral ha sido parte interviniente el Ministerio de Justicia y que respecto del laudo recaído no tiene constancia esta Asociación Profesional haya sido impugnado judicialmente, lo cual implica también la aceptación de esta circunstancia por las demás formaciones sindicales generalistas concurrentes, surge la siguiente cuestión:

¿A qué espera el Ministerio de Justicia para tomar cumplimiento del mismo y actuar en consecuencia para el ámbito de las demás elecciones sindicales provinciales?

 

El Secretariado UPSJ