Como bien sabéis UPSJ siempre se ha caracterizado por su carácter combativo, de no dar un paso atrás en toda cuestión que nos atañe como colectivo, como hemos visto recientemente con el tema del Jurado en Alicante; por eso seguimos insistiendo en el tema relativo al disfrute de los días por asuntos particulares correspondientes al año 2019; nos sigue pareciendo una injusticia y un despropósito que no se puedan disfrutar como en el resto de de CCAA con el personal transferido hasta finales de abril e incluso como pasa con Cataluña hasta junio, o como ocurre en la Administración General del Estado donde se permite dicho disfrute hasta Semana Santa.

Por ello hemos remitido a través de nuestra portavoz un correo al SGAJ interesándonos nuevamente por el tema ( y van…) adjuntando en este caso la Resolución de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia de la Generalitat Valenciana, por la que se acuerda el periodo de disfrute de los días por asuntos particulares correspondientes al año 2019 y la respuesta del SGAJ ha sido esta:

Es comprensible que las decisiones adoptadas por las diversas Comunidades Autónomas con competencias asumidas de Justicia de extender mediante meras resoluciones el plazo de disfrute de los días de asuntos particulares, sin atender la obligada vinculación a la normativa general de Función Pública a que remite el artículo 503 de la Ley Orgánica del Poder, generen entre los Letrados de la Administración de Justicia destinados en ellas una indudable sensación de agravio, pero el Ministerio de Justicia mantiene en el ámbito de su competencia una actuación coherente con todos los colectivos que no puede quebrarse por las decisiones de terceras administraciones.

No obstante, desde esta Secretaría General se solicitará a los Secretarios de Gobierno que pongan en conocimiento si como consecuencia de la afectación de las necesidades del servicio por la coincidencia de solicitudes se produjera la denegación de las autorizaciones de días

de asuntos particulares del año 2019 con anterioridad al 31 de enero de 2020, para autorizar de manera particular y justificada una ampliación razonable del periodo de disfrute.

Evidentemente no es la respuesta que esperábamos de nuestro SGAJ, ya que esperábamos que por fin tuviera una actuación que fuera relevante y positiva para el Cuerpo de Letrados, ya que desde su nombramiento la única acción positiva había sido hasta ahora la actualitzación del PAC de sustituciones de los Letrados, y todos sabemos que quedó en agua de borrajas por la mala gestión del Ministerio de Justicia. Pero al menos tenemos esta contestación y en ciertas condiciones los Secretarios de Gobierno podran moderar dichas solicitudes.

Asimismo le plantemos el tema controvertido  relativo a la elección de vocales para la Comisión Pedagógica del Centro de Estudios Jurídicos, donde se transmitió una apariencia de improvisación y contradicción, con nombramientos de compañeros variados e inopinados, antes y durante el último Consejo del Secretariado, y la respuesta del SGAJ ha sido esta:

Lamento que se haya transmitido una apariencia de improvisación y contradicción por una decisión que fue convenientemente explicada durante el desarrollo de la reunión. Pese a que la elección comunicada en un primer momento respondía a criterios objetivos que fueron entendidos por todos los vocales asistentes y compartidos por muchos de ellos, como Presidente del Consejo del Secretariado, y por tanto responsable de su correcto funcionamiento, no pude dejar de apreciar la corrección de las observaciones transmitidas por los cinco vocales que habían propuesto otra candidata y que solicitaron la inclusión de nuevo de este punto en el orden del día. Y es que la designación prevista en el articulo 15.2 del Estatuto del Centro de Estudios Jurídicos no corresponde al Secretario General de la Administración de Justicia previa audiencia del Consejo del Secretariado, sino al propio Consejo, por lo que el acuerdo a adoptar debía articularse conforme a las reglas de formación de mayorías previstas en el artículo 25.3 del Reglamento Orgánico.

Otra actuación hubiera supuesto un exceso en las atribuciones que como Presidente del Consejo me corresponden y por tanto una vulneración de las que tiene reconocidas este órgano colegiado.

Es decir un nuevo despropósito, al efectuar el SGAJ nombramientos alegales para la Comisión Pedagógica del Centro de Estudios Jurídicos para luego removerlos en el Consejo del Secretariado,  a sumar a otros despropósitos como el fallido escalafón, publicado, y retirado a las pocas horas,  como el Real Decreto de sustituciones recientemente anulado, como la elaboración del nuevo estatuto del Centro de Estudios Jurídicos obviando al Cuerpo de Letrados y primando a los Fiscales,  el claro retroceso de la NOJ, como hemos visto en Guadalajara, Mislata, Alcoy, etc…

Por tanto estamos viendo que todo lo que atañe al Cuerpo de Letrados, con esta Ministra, con este Secretario de Estado, con este SGAJ, con esta Área de Letrados, es decir con este Ministerio de Justicia al completo, no solo ha tenido una paralización absoluta en cuanto a su gestión y dirección, sino que ha sufrido un claro retroceso en cuanto a su concepción como Cuerpo Jurídico Superior; y las pocas cuestiones que se han intentado regular han salido fallidas o son absolutamente perjudiciales para el Cuerpo.

Por ello desde aquí interesamos, que en el futuro Gobierno de España, el nombramiento del Ministro de Justicia recaiga en una persona que no tenga comportamientos sectarios y primando un colectivo respecto al resto  como  ocurre actualmente con la actual Ministra Dolores Delgado y el Ministerio Fiscal; donde son Fscales la propia Ministra de Justicia, el  Secretario de Estado o la Fiscal General del Estado entre otros tantos cargos.

Y sobre todo que el futuro nuevo SGAJ deje de ser quasi invisible  como el actual, y deseando  en justicia que sea no sólo un LAJ, sino que que efectué con el Cuerpo de Letrados por fin una labor similar y provechosa como la que efectúa el  Fiscal General del Estado con el resto de Fiscales.