Hoy 12 de mayo se ha celebrado reunión telemática con el Ministerio de Justicia a la que asistimos representantes de UPSJ y de CNLAJ sobre cuestiones retributivas.

En primer término, UPSJ ha vuelto a interesarse ante el Ministerio por la no convocatoria de AINLAJ a las últimas reuniones, que entendemos no está justificada. El debate asociativo libre, y la libertad en la opinión y la discrepancia no solo son reflejo de democracia, sino también garantía de una mejor defensa de los intereses del colectivo al que nos debemos. UPSJ insta al Ministerio a corregir esta situación, y muestra públicamente su apoyo sin reservas a AINLAJ, como tantas otras veces hemos hecho directamente en privado a su portavoz.

No podemos olvidar como fue AINLAJ la única asociación que supo estar a la altura de lo que las circunstancias y el colectivo mandataba, respaldando la huelga convocada por UPSJ, sin la cual difícilmente nos encontraríamos en el escenario actual de concertación de acuerdos.

Sobre cláusula de enganche, el Ministerio nos ha confirmado que la enmienda ya se encuentra en sede parlamentaria, y recoge básicamente que la masa salarial de nuestro cuerpo no podrá ser inferior al 75% de la masa salarial de la Carrera Judicial, dividida por integrantes, y que entrará en vigor desde la entrada en funcionamiento de la oficina judicial que dé soporte al Tribunal de Instancia. Se deberá por ello en ese momento reformar otra vez los RD retributivos, eso sí, con carácter retroactivo a esa entrada en vigor.

Paralelamente, se tramitará la reforma de los RD retributivos a los efectos de reducir los grupos de población a tres, lo que supondrá una mejora retributiva inmediata y que beneficiará sobre todos a los Letrados destinados en los actuales grupos IV y V, produciendo una igualación general retributiva en el Cuerpo, que supondrá por sí sola aproximarse o alcanzar ese 75 %.

Ante esas informaciones, UPSJ ha reprochado en primer lugar no haberse aportado a la reunión el texto concreto de la enmienda, siendo incomprensible que se pretenda un diálogo en condiciones con las asociaciones ocultando información.

A continuación hemos expresado que el porcentaje ofertado es inadmisible para nosotros, que el 75% no satisface de ninguna manera las reclamaciones del Cuerpo, que dieron lugar a las huelgas de enero y marzo, y sobre las que hemos recibido un respaldo muy claro de los asistentes a nuestro Congreso de la semana pasada, y que supondría mantener un apartheid retributivo a nuestro cuerpo respecto de los otros dos cuerpos superiores jurídicos de la Justicia.

Igualmente, no estamos conformes con la forma de calcularlo, ya que no parte de un porcentaje garantizado individualmente a cada LAJ sino a una masa global, lo que hace que en muchos casos no se alcance el porcentaje en cuestión. Recordamos que nosotros en su día reclamamos el 85% en complementos retributivos, lo que era mucho más claro. Y, además, en sueldo el % medio de comparación ya es un 83,08%.

Respecto de la entrada en vigor, no ha llegado a quedar claro si lo será en las fechas de las Disposiciones transitorias 1ª y 4ª de la Ley de Eficiencia Organizativa o si dependerá de una implementación posterior por el Ministerio y las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, según se acuerde en la conferencia sectorial, por lo que hemos exigido que esa cuestión también quede aclarada en el texto legal.

Por tanto, el Ministerio tiene, y está a tiempo, de corregir estos extremos.

Finalmente, si bien, evidentemente, apoyamos la reducción de grupos y el fin de la discriminación salarial a la tercera categoría, la limitación de la cláusula de enganche al 75 % implica que toda posible mejora derivada de la misma queda absorbida por la reducción de grupos, por lo que los compañeros de los grupos I y II apenas verían mejora.

El CNLAJ ha informado a continuación en términos similares.

Respecto del resto de cuestiones, el Ministerio ha confirmado que propondrán para la OEP 111 plazas de turno libre y 33 de promoción interna. No han cuantificado todavía cuantas plazas se ven afectadas por la ley 20/21, pero no afectará a la convocatoria ordinaria.

Respecto al plan de actuación de entradas y registros, se pretende aprobar este mismo mes, tras pasar por mesa sindical.

Respecto de sustituciones, el Ministerio aprobará igualmente de forma inminente un plan de actuación que permitirá, de forma provisional, adelantar las retribuciones por sustituciones que corresponderán cuando se apruebe el nuevo decreto, si bien es una solución transitoria y, al ser plan de actuación, estar limitado al tope de 7.800 euros anuales.

Finalmente reclamamos al Ministerio que se solucione el problema de la cuenta de consignaciones, de tal forma que deje de ser campo obligatorio el de la cuenta procedimiento anterior, así como reclamamos diversas mejoras en la misma, y en la aplicación del Tablón de Edictos del BOE (TEJU).

Screenshot_20210924-155711_Word