La 44 promoción de Letrados de la Administración de Justicia del turno interno va a empezar el próximo mes de septiembre la segunda parte de su formación en el Centro de Estudios Jurídicos (CEJ), lo que se conoce como estancias tutorizadas en órganos judiciales.

Con estas prácticas los alumnos acabarán su periodo formativo y pasarán a ser a todos los efectos Letrados de la Administración de Justicia. Hasta ese momento son Letrados de la Administración de Justicia en prácticas.

Dejando de lado que el paso por el CEJ debe tener como objetivo aprender todas las habilidades jurídicas pero también gerenciales para desempeñar correctamente el cargo de Letrado de la Administración de Justicia, y que las deficiencias en esta formación tendrán consecuencias no solo en el servicio público, sino en las posibles responsabilidades en que incurra cuando sea titular el alumno.

Es por tanto, la calidad de la formación del CEJ, un deber para éste, que debe aplicar los presupuestos públicos para conseguir buenos profesionales;  pero también es un derecho del alumno, que se presenta a una convocatoria en la que después de superar unos exámenes teóricos va a tener la formación en el CEJ. Esa formación, sobre todo este periodo práctico, que no puedes hallar en los manuales,  la necesitamos para adquirir conocimientos que nos dan seguridad en el trabajo y que revierten en la calidad del servicio al ciudadano y al Estado.

Todo esto, que puede parecer banal o insignificante, no lo es en absoluto cuando la Administración olvida sus deberes y también los intereses públicos.

Desde los inicios del CEJ las estancias tutorizadas de los alumnos se han desarrollado principalmente en las jurisdicciones troncales:  instancia e instrucción, y con muy buen criterio, el CEJ habia ampliado en los últimos tiempos las prácticas de los alumnos a jurisdicciones más especializadas, tantas como fueran posibles por las circunstancias del partido o del calendario.

Una jurisdicción sin embargo destacaba sobre las demás. El CEJ obligaba sin excepción  a pasar una parte de las prácticas en  los juzgados de violencia sobre la mujer. Estos juzgados tienen una especialísima complejidad, por el perfil de las víctimas y de los agresores, por las necesidades urgentes y personales de los afectados. Las órdenes de alejamiento por maltrato están a la orden del dia, y del control de su cumplimiento depende la seguridad de la víctima. Ese control depende hoy  del Letrado de la Administración de Justicia.

Sorpresivamente, este año el CEJ ha decidido que los alumnos de la 44 promoción vayan destinados a juzgados de lo social o de lo mercantil. Solamente a estos dos tipos de jurisdicciones. El Covid19 y el plan de choque vuelve a ser la excusa para este cambio que se enmascara bajo la apariencia de buscar una práctica “más realista” que deje al alumno al mando de una plantilla completa.

Pero no se deja al alumno en prácticas dirigiendo un juzgado cualquiera, sino que irá destinado a un juzgado de refuerzo externo mercantil o social de los previstos en el RD 16/20 de 28 de abril, firmando decretos y asumiendo la misma responsabilidad personal que un titular. Sin comentarios.

Que luego estos alumnos sepan cómo tratar a las víctimas de la violencia de género, o que  anote correctamente una orden de alejamiento o una condena por violencia de género, o conozca cómo ha de darlas de baja,  parece que no tiene la mínima importancia. A pesar de que dentro de unos meses, entre los juzgados que se les ofrecerá como primer destino, habrá muchos con competencia en violencia sobre la mujer y pocos o ninguno mercantil o social.

La prioridad que la justicia ha dado hasta hoy a la violencia de género ha pasado a la historia.