El Ministerio de Justicia, en la mañana del miércoles 15 de junio de 2022, ha celebrado con esta asociación profesional una reunión, a la que también ha asistido la otra asociación convocada,  CNLAJ,  presidida por el Secretario General de la Administración de Justicia y para tratar los asuntos incluidos en la carta que UPSJ le dirigió recientemente, en la que se reclamaba información sobre el estado de cumplimiento de los compromisos contraídos por el Ministerio de impulso de la modificación de los instrumentos normativos precisos para que las retribuciones del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia se referencien a las correspondientes de la carrera judicial, en la proporción de mejora que se considere adecuada a las responsabilidades inherentes de a este colectivo.

Al inicio de la reunión UPSJ reiteró su disconformidad con el modo en que se estaban desenvolviendo las relaciones laborales tras la desescalada del conflicto, ante la falta de fijación de fechas para las reuniones, incumpliendo el compromiso de establecer un calendario para ello, como por la falta de información y consulta previas, imprescindibles para la audiencia a las asociaciones leal y reforzada, propia de un clima colaborativo.

En el mismo sentido UPSJ aprovecha esta nota para llamar la atención sobre la importancia de que el Ministerio de Justicia observe en reciprocidad un comportamiento coherente con los compromisos y leal a la efectividad de audiencia a las asociaciones en el actual contexto del conflicto.

Centrándonos en los temas retributivos, respecto de la cláusula de enganche mediante enmienda de modificación de la Ley 15/2003, de retribuciones de las carreras judicial y fiscal, USPJ expuso, nuevamente, su disconformidad con la redacción inicial de la enmienda ya presentada en las Cortes, por cuanto que no aceptamos que el porcentaje fijado sea del 75%.

UPSJ viene trabajando intensamente con los distintos grupos parlamentarios para mejorar la redacción de esa enmienda durante la fase de tramitación parlamentaria. Por otro lado, y si bien hemos entendido desde un principio la conveniencia de que la cláusula de enganche aparezca en la LEO, conscientes de los avatares políticos, el Secretario General reiteró el compromiso de que en el caso de que, pese a la buena expectativa, la LEO no llegara a aprobarse (previsiblemente en el mes de octubre), la enmienda se introduciría de inmediato en otro proyecto de ley en trámite.

Preguntado el Ministerio sobre el estado del trámite de los programas concretos de actuación (PCA) de entradas y registro simultáneas y de sustituciones, hasta que se apruebe el RD de sustituciones y del trámite de este mismo (cuya inclusión en el plan anual normativo de 2022 ya se anunció en la carta de 25 de febrero de 2022 del Secretario General a todo el colectivo de LAJs), se indicó que una vez tratado el tema con los sindicatos (esta misma tarde), y dada la autorización de Hacienda, no existe obstáculo para que se retribuyan a partir del próximo mes, siendo esa la previsión.

Respecto la modificación en paralelo de los reales decretos retributivos de 2003 y 2009 para reducir los grupos de población de 5 a 3 y adaptar el complemento general del puesto (CGP) a tres niveles como los Médicos Forenses y sobre las fechas estimadas de efectos económicos en nómina, el Ministerio respondió que está impulsando el objeto de los mismos, pero que todo lleva su tiempo y su proceso. Actualmente se está pendiente de ultimar la Memoria de Análisis e Impacto Normativo (MAIN), concretamente la parte más técnica, por parte del área de asuntos económicos del Ministerio de Justicia, por lo que previsiblemente, según se indicó, el proceso no estará concluido hasta final de año.

UPSJ estará permanentemente atenta al desarrollo de esa modificación legislativa y a que no se demoren los trámites oportunos de audiencia, después de que por parte de otra asociación se haya generado en el colectivo la expectativa de que los efectos económicos de la modificación se iban a reflejar en la nómina de octubre.

En lo que respecta a la productividad y la necesidad, conforme a lo comprometido, de que la misma alcance el 5% de la masa salarial, el Ministerio mantiene su postura de esperar la inminente sentencia, que deriva de un recurso interpuesto por una asociación judicial, que determinará también el abono a los LAJs en esa misma proporción.

En cuanto a los motivos del retraso de la convocatoria de elecciones al Consejo del Secretariado, tras un debate sobre diferentes sensibilidades, el Ministerio ratificó su firme voluntad de que se realice cuanto antes y que el voto se emita en la modalidad telemática, avalada por el propio Consejo del Secretariado y acorde a los tiempos y al estado actual de las TICs para permitir que el voto y todo el proceso se efectúe con todas las garantías. UPSJ entiende que, en efecto, dicha modalidad facilitaría la participación del colectivo.

Antes de finalizar la reunión, dadas las disfunciones derivadas de reducir el número de personas responsables dedicadas al servicio en el nuevo Registro Civil, UPSJ preguntó por las RPTs de los registros civiles de Madrid y Barcelona y la política de amortizaciones de los magistrados encargados, respondiendo el Ministerio que hay que estar a las previsiones de la ley. Los magistrados que elijan continuar como encargados hasta su jubilación se quedan, pero los que no se amortizan sus plazas. Que la implantación de Digireg está en marcha, es progresiva y gradual, comenzando por los registros exclusivos. Para UPSJ la amortización de plazas no es aceptable y exigiremos que esas plazas de encargados se consoliden en las RPTs. Se apuntó por UPSJ que las disfunciones se producirán también en los registros no exclusivos al dejar el magistrado de prestar funciones en el Registro Civil, no solo se queda sólo al frente el LAJ, sino que la carga de trabajo de su Juzgado se incrementará vía modificación de las normas de reparto por acuerdo de las juntas de jueces, al suprimirse las exenciones por aquella competencia. Por Ministerio de Justicia se respondió que en su caso se medirán las cargas en las RPTs y donde esté justificado se determinará el régimen de exclusividad del LAJ encargado o compartido con funciones en la UTRAM o Servicios Comunes, según proceda.

Confiamos en que el Ministerio de Justicia fije fecha para la próxima reunión sin dar lugar a recordatorios de su compromiso de establecer un calendario dando contenido real y efectivo a nuestro derecho de audiencia en cumplimiento de la LOPJ art. 444.2.d) – y nuestro Reglamento Orgánico – art. 82.e-. Seguiremos informando cumplidamente de nuestras actuaciones, en el tiempo y forma que no pongan en peligro los objetivos perseguidos por nuestro colectivo.

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