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Notas del Secretariado : NEGOCIACIÓN COLECTIVA. SENTENCIAS FAVORABLES
Enviado por Redacción web el 5 mayo 2015 (735 Lecturas)

UPSJ  ha sido a lo largo de muchos años pionera en la reclamación del derecho a la negociación colectiva del Cuerpo de Secretarios Judiciales. En la presente legislatura, primero ante el Ministro Gallardón y actualmente con el Ministro Catalá, ha sido junto la adecuación salarial nuestros principales caballos de batalla.


Tanto con el anterior equipo ministerial (Anteproyecto de LOPJ), como con el nuevo (Proyecto de LOPJ que se encuentra en Cortes), sólo se ha obtenido el reconocimiento del derecho a ser oídos en la regulación de materias que afecten a nuestro estatuto orgánico, reconocimiento que en modo alguno colma nuestro derecho a una negociación colectiva propia y diferenciada.


También en esta legislatura se constituyó la Plataforma Conjunta de Secretarios Judiciales, que nació con el único objetivo de aunar esfuerzos en la reclamación de este legítimo derecho que se nos niega reiteradamente. Aunque se buscó la unanimidad de todas las Asociaciones, pues estimábamos que era la mejor vía para poder conseguir nuestros objetivos, solo SISEJ y UPSJ constituyeron finalmente la Plataforma, que comenzó a desplegar su actividad. En primer lugar, se concertó una reunión con la Defensora del Pueblo; fruto de la misma y tras recabar información de distintas fuentes, emitió un dictamen favorable a nuestros intereses.

Paralelamente, la Plataforma inició en Valencia acciones dirigidas a conseguir la exclusión del cuerpo de Secretarios del censo electoral en las elecciones sindicales, acción encaminada a conseguir nuestra propia mesa de negociación, desembocando en la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Valencia totalmente favorable a nuestros intereses y que adjuntamos.


En los últimos meses, de manera individual y ante la convocatoria de nuevas elecciones sindicales, UPSJ ha iniciado una actividad frenética por toda España al objeto de conseguir la exclusión de los integrantes del Cuerpo de Secretarios Judiciales de los censos electorales. En Aragón se nos excluyó  del censo, por no ser personal dependiente de la CCAA, y después de diversas impugnaciones, el proceso ha desembocado en el ámbito judicial con tres sentencias de los Juzgados de lo Social de Zaragoza, Huesca y Teruel totalmente favorable a nuestros intereses, en las que se reconoce que tenemos que estar excluidos del censo y literalmente se dice: 


Sin embargo para este juzgador, la cuestión determinante es que … Los secretarios judiciales dependen orgánicamente del Ministerio de Justicia…esta dependencia estatal ha sido puesta de relieve por  el Tribunal Constitucional en la sentencia 18/13 , que alude a otra del año 2012, y en la que se hace referencia expresa a la tantas veces confirmada dependencia estatal de los secretarios Judiciales… y hemos de llegar a la consideración que cualquier modificación de esa dependencia estatal del Cuerpo de secretarios Judiciales, solo puede establecerse por la vía de la modificación o derogación de la normativa contenida en la propia Ley Orgánica del Poder Judicial ... y no en consecuencia por la vía del RD Ley 1/2015 o  de cualquier norma que no tenga rango de Ley Orgánica….de estimarse la pretensión de la actora(CCOO)se produciría una lesión de la libertad sindical del Cuerpo de Secretarios Judiciales, en su vertiente del derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional de dicho Cuerpo. Y ello es así porque sus representantes en ningún caso, podrían negociar condiciones laborales y económicas al depender éstas como hemos indiciado, del Ministerio de Justicia”. (Sentencia de 29-04-15,  Juzgado de lo Social nº 2 de Zaragoza)" 


Adjuntamos igualmente el texto de las tres sentencias.


En Navarra, La Rioja y Madrid también se nos ha excluido de los censos; en Canarias se nos incluyó, pero están en marcha procesos de impugnación de los censos, ahora mismo en fase arbitral; y en Territorio Ministerio, como Baleares o Asturias, igualmente se nos ha incluido, pero vamos a solicitar la exclusión a través de los correspondientes procedimientos arbitrales y, en su caso, ante la Jurisdicción Social.


Por último, queremos destacar la sintonía y espíritu de colaboración que durante todos estos procesos estamos compartiendo con COSEJU, sirviendo de claro ejemplo el caso de Aragón, que ha desembocado en las tres sentencias que adjuntamos. Esperamos que dicha sintonía se extienda y mantenga en todas las actuaciones que llevemos en común en todos los procesos electorales que se convoquen, porque se tratará de una nueva demostración  de que la unidad facilita la consecución de resultados para nuestro Cuerpo, como siempre ha defendido UPSJ. 


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