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QUÉ QUEDA DE LA FE PUBLICA EN UN MUNDO DIGITAL
Publicado el 16 septiembre 2014

 


Joan Marc Estaran Peix


Secretario SAC Social Barcelona y Social 30 de Barcelona


 


A raíz de la reformas del procedimiento en el año 2009 y de las nuevas funciones y competencias que se han atribuido al cuerpo de Secretarios Judiciales, cabe preguntarse qué queda de la fe pública tradicional.


Hace unos años la defensa profesional  corporativa  que se hacia del Secretario Judicial, se basada principalmente en el concepto de la  fe pública, sin abarcar más cuestiones. Eso era lo principal y lo demás era secundario. Ni hablar de ampliar horizontes, pues los obstáculos eran desde  dentro, y también desde fuera.


Ya se sabe que fe pública tiene unos orígenes medievales y  tenía como función fundamental documentar fehacientemente las decisiones, sentencias y en general todos los actos jurídicos del poder público y privado, utilizando el papel, el pergamino y la mano del escribano (que también en esta profesión era considerado una enfermedad profesional de tanto darle al bolígrafo en las actas). Pero es que ahora ni mano, ni pergamino, ni papel, la teclita del ordenador  y como mucho el bolígrafo para firmar, allá donde no alcanza la firma digital.


Y es que sobre este concepto  básicamente documentalista, y  fehaciente de los actos públicos, se construyó toda una doctrina procesalista y corporativista, en que la denominada fe pública fue considerada como  un dogma, infalible, indiscutible, y objeto de culto, en muchos  congresos y actos  de  Secretarios Judiciales. Lo importante era dar fe, y lo demás ya se vería. Esto fue así  hasta que llegaron  los ordenadores, el correo electrónico, y la grabación de vistas. A partir de aquí, la fe de toda la vida, comenzó a hacer aguas, sobretodo en una parte del colectivo, que empezó a  pensar, que dado el nivel de exigencia para entrar, lo de ser fedatario se había quedado un poco anticuado, y se estaba cualificado para algo más relacionado con el papel de jurista, que  en el papel de amanuense ilustrado.


Y sin embargo había quien lo defendía como la quinta esencia de la profesión y lo defendía con  un celo de devoto que era digno de admirar, produciéndose  así una situación extraña, en la documentación de los actos judiciales, en una extraña mezcla de parque jurásico y estación espacial. En realidad se veía a una persona togada, que  vigilaba una pantalla, de una forma más surrealista que otra cosa, y que daba fe del CD. La sensación principal era que  se había opositado para ser un  técnico audiovisual, siendo un caso único  en el mundo.. Así cuando se  sufrió la reforma del 2004, que nos obligó a entrar en Sala, para mantener un deber presencial, a falta de otras funciones más resolutivas y más acordes con la formación exigida, que brindara soluciones más eficaces  al monumental  retraso en la justicia. Triunfó el viejo  concepto de justicia mayestático, que giraba en torno a la figura del juez o presidente del tribunal, pero eso si auxiliado en sala con un técnico audiovisual de lujo .La resistencia a admitir que podíamos hacer algo más que grabar, era enorme, y no sólo por las resistencias de siempre, sino también por alguna parte de nuestro colectivo, que se resistía a cambiar de rumbo profesional, pues estar de figurante les era más cómodo.


Sin embargo  a medida que iban avanzando las nuevas tecnologías, y la justicia seguía siendo la menos valorada por el ciudadano, se seguía discutiendo en el seno de nuestra profesión, y de alguna otra más, del sexo de los ángeles, sin buscar soluciones efectivas, y arrimando  cada colectivo el  ascua a su sardina..


Y así hasta la reforma del 2009, que por fin empezó a poner los  cimientos de una justicia más adaptada a la realidad social, dejando para el museo muchas antigüedades judiciales. En lo relativo a esta profesión  la ley optó por dar al Secretario Judicial unas funciones más acordes con su preparación, y unas competencias reales y responsables, pero no tuteladas. Lo único que la crisis impidió fue  la debida adecuación salarial, sino que más bien le salió barata la reforma al Estado. También caso único en el  mundo.


El impulso dado  a la creación y implantación de la Oficina Judicial, suponía  además, que por fin, se iba apostando en otra dirección, en la que habría menos fe pública de la de siempre, y más  Secretario Judicial con perfil más de jurista o de auténtico director de las oficinas judiciales. Se nos concedió por decirlo de alguna manera la mayoría de edad jurídica. Y es que la necesidad social de una  justicia más resolutiva hacia necesario  abrir otros caminos, y dejar atrás el concepto caciquil  de juzgado  o tribunal, cuestión esta que en algunos casos  aún perdura, e intentan colarnos de nuevo. Las añoranzas del pasado ya se sabe,  cuesta mucha quitárselas de la cabeza


Ahora el Secretario no iba a ser sólo el de los testimonios y las actas, ya superadas por la tecnología digital. Ahora iba a ser quien resolverá cuestiones y ejercerá sus funciones con plena autonomía y responsabilidad, pero siempre dentro del marco de la administración de  justicia, considerado  un servicio publicó de justicia. Esa dicotomía tradicional de Secretario y fe pública, ha dado lugar a otra más moderna de Letrado-Director de Oficina Judicial, con amplias competencias procesales. Incluso  con  denominación nueva, de  letrados/as.


Ahora el futuro es otro, y otros los quebraderos de cabeza, pero con una profesión  modernizada y con más sentido, que la precedente. Lo único que dada la exigencias actuales de responsabilidad el sueldo se ha quedado descompensado, y urge pues, una muy debida actualización nuestros sueldos, que  no deben ser negociados nada más que por nosotros, sin otras “tutelas” de otro lado oscuro.


Sólo el proyecto de ley actualmente, tiene algunos elementos sospechosos, que pretenden devolvernos en alguna medida a la vieja tutela de las direcciones asistidas, en un retorno al parque jurásico de siempre.


Y más ahora que la fe pública ha dejado de ser la estrella, en reuniones y congresos, incluso en los mas recalcitrantes, y se está dando el paso a debatir otras cuestiones, mucho más actuales y con más contenido jurídico y organizativo, y con más futuro.


La fe pública  puede quedar como emblema tradicional del cuerpo en nuestra placa, pues es importante que en  los símbolos históricos permanezcan para no olvidar el pasado, pero nada más. Y  que nuestros sueldos de una vez por todas se ajusten a nuestras nuevas responsabilidades, y los negociemos nosotros mismos.


Barcelona agosto-septiembre  2014