A+ A A-

» Inicio » Enlaces

 
 

Actualizado el: 14-enero-2011
Visitado: 3840 veces
País: España

Valoración actual. 1.50/5
Valoración: 1.5/5 (2 votos)


Visitar enlace  Visitar enlace

Descripción:

Portal para los secretarios judiciales creado por el Ministerio de Justicia. Tiene contenido al que sólo pueden acceder los usuarios registrados y otra parte de acceso general. Su página principal se reduce a un listado de noticias del mismo Ministerio, tengan o no relación con los secretarios judiciales...y a eso queda reducido el contenido de acceso público. No es de extrañar que buscando en Google (portal secretarios judiciales) no aparezca en los resultados de la búsqueda.


Evidentemente, carece de información general sobre los secretarios judiciales. La misma se encuentra en cambio en la web principal del Ministerio de Justicia, con la siguiente ruta:   2. Servicios al Ciudadano 3. Empleo Público 4. Perfiles Profesionales 5. Secretarios Judiciales. El contenido no está traducido al inglés.


Volviendo a la página que comentamos, el diseño es sencillo, pero claro y carga a una velocidad excelente. En cuanto al apartado gráfico, las dos imágenes de la cabecera son francamente mejorables; aunque como una de ellas es logotipo oficial, suponemos que no quedará más remedio que usarlo tal y como es.


La dirección web es un subdominio de justicia.es; en cambio en el caso del M. Fiscal, su web es fiscal.es. No sabemos si es una decisión deliberada o impuesta por la necesidad: aunque parezca sorprendente, los dominios secretariosjudiciales.es y secretariosjudiciales.org no los tiene registrados el Ministerio de Justicia.


Cuando se accede como usuario registrado se cambian las noticias de la página de inicio y son reemplazadas por noticias oficiales ya relacionadas con los secretarios judiciales. Muy curiosamente si se accede usando un certificado, únicamente puede usarse el personal, pero no el profesional. Las noticias son únicamente institucionales, puesto que no hay ningún contenido de otros medios de información.


Las secciones de la página tienen una peculiar distribución de contenido: En Régimen Estatutario se encuentra una sección denominada Manual de bienvenida, que resulta ser una información general sobre las atribuciones de los secretarios judiciales ¡¿?!; dentro de la misma sección está la de Mis datos personales (cuya relación con el régimen estatutario está por descubrirse). Buena parte de sus secciones carecen de contenido puesto que el mismo se limita a incluir un enlace a otras páginas (Oferta de empleo púbico, MUGEJU, etc.). La subsección Información estatutaria tiene única y literalmente el siguiente contenido: Régimen jurídico  El Secretario Judicial en otros países  Doce de los países miembros han comunicado datos de plantilla de las respectivas figuras de secretario judicial. Sorprendente.


La sección denominada Institucional tiene como curioso contenido (entre otros) el llamado Directorio de Secretarios Judiciales, integrado por la información proporcionada por los usuarios en su ficha de registro. Dentro de la misma sección está la subsección destinada al Consejo del Secretariado: el apartado destinado a los acuerdos del mismo tiene, literalmente, el siguiente contenido (que transcribimos porque cualquier lector supondría que le estamos tomando el pelo si nos limitasemos a referenciarlo):


Derechos de acceso, rectificación y cancelación de datos de los acuerdos del Consejo del Secretariado y certificación de los mismos. Cualquier ciudadano puede ejercer su derecho de acceso al archivo del Consejo del Secretariado en los términos del artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Además, los secretarios judiciales pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales contenidos en los procedimientos seguidos ante el Consejo del Secretariado en los términos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Por lo de más la sección vuelve a repetir también el contenido de Principal, puesto que nuevamente vuelven a aparecer en ella las noticias oficiales.


La sección denominada Profesional tiene como descripción la siguiente: "Este apartado da acceso a la aplicación Aino@ así como a la Cuenta de consignaciones"; no obstante lo cual se incluyen en ella un Foro, un Directorio de órganos judiciales y un Tablón de anuncio (sic), en el cual no hay ninguno publicado. Al día de hoy el foro tiene 34 mensajes. Tampoco parece tener mucho sentido que el acceso al CENDOJ aparezca en la subseccion Marco normativo en lugar de en la de Herramientas.


En cuanto al apartado Marco Normativo, observamos que faltan bastantes circulares e instrucciones (algunas pueden obtenerse en esta web). Muchas veces, por carencia de título en las mismas, es imposible conocer su contenido y no aparece en el sistema de búsqueda (ciertamente el problema es del material recogido, no de la misma página web). Por lo demás únicamente está estructurado su contenido en función de quien las dicta, pero muy lamentablemente no hay criterios alternativos (fechas, materias, etc.).


En cuanto a la legislación, se publican correcciones de erratas en lugar de ofrecer el texto final incorporando las mismas. Únicamente están los códigos jurídicos básicos más algunas otras normas. Pero faltan bastantes de las necesarias para el trabajo diario de un secretario judicial en todos los órdenes jurisdiccionales. No hay ni el más mínimo criterio de ordenación (ya sea alfabético, por fechas, por materias).


Hemos encontrado información de carácter personal en la sección; por supuesto no vamos a revelar detalles sobre el particular. Pero es un hecho grave y debería corregirse de inmediato.


En la subsección Enlaces legislación y jurisprudencia (obviemos el tema de las preposiciones), no hemos podido abrir  Catálogo de las bibliotecas de la Abogacía General del Estado, Centro de Estudios Jurídicos, Fiscalía General del Estado y Ministerio de Justicia y se recogen enlaces de varias empresas privadas que sólo proporcionan acceso a su contenido previo pago. Y la dirección web del buzón de sugerencias tiene como destino una página que no existe (The requested URL /interna/buzonsugerencia was not found on this server). Por cierto que los mismos enlaces aparecen que están en Profesional/Marco Normativo/Enlaces aparecen en Profesional/Enlaces, lo cual induce a confusión.


Ortografía y gramática: aparte de la falta de preposiciones en algunos títulos, tampoco es correcto el uso de las mayúsculas en Marco Normativo, Desarrollo Profesional, Nuevas Tecnologías, Noticias Ministerio (nuevamente sin preposición), Foro Secretarios Judiciales, Buzón de Sugerencia (sic), Enlaces Legislación y Jurisprudencia, etc. También se incurre en un error habitual: Editar Mi perfil en realidad debería ser Modificar.


Errores de técnica jurídica: en Inicio » Institucional » Organización aparecen literalmente dos secciones tituladas: Secretarías de Gobierno y Secretarías de Coordinadores Provinciales. En la descripción de las mismas se informa que tales Secretarías "Son órganos superiores, que ejercen sus competencias...". El error es gravísimo porque los órganos no son las Secretarías, sino los Secretarios. El art. 463 LOPJ dispone: "1. Bajo la superior dependencia del Ministerio de Justicia el Cuerpo de Secretarios Judiciales se ordena jerárquicamente en la forma que se determine en las relaciones de puestos de trabajo. En este sentido, realizarán todas aquellas funciones de naturaleza análoga a las que les son propias, inherentes al puesto de trabajo que ocupen y que les sean encomendadas por sus superiores.
2. Los órganos superiores son: El Secretario de Gobierno. El Secretario Coordinador Provincial.


Se han confundido gravemente cosas de diferente naturaleza: los secretarios de gobierno son órganos del Ministerio de Justicia, pero los funcionarios que desempeñan tales cargos a la vez son también secretarios de un órgano gubernativo del Poder Judicial.


Conclusiones: La impresión general es que buena parte de su contenido necesita hasta cuatro y cinco clics para acceder a él (descendiendo en el nivel de las subsecciones), la organización y el nombre de algunas de ellas necesita reconsideración y no parece muy atrayente una web que no tiene mucho que ofrecer, con muchas de sus secciones casi vacías de contenido, alguna repetida en distintas partes o incluyendo únicamente un enlace a otras páginas. Quizás lo más relevante es el acceso a la base de datos del CENDOJ (cuyo sistema de búsqueda es limitado, pero cuyo contenido es impresionante). Pero, por lo demás, en buena medida queda reducida a una web de noticias oficiales repetidas en otros medios y a contener enlaces a otras páginas. Suponemos que los técnicos que han creado la misma ha realizado su labor correctamente; los problemas no son técnicos, sino de organización del contenido y el escaso interés que ofrece el mismo a sus visitantes (basta con observar el inserto en Profesional » Noticias » Publicaciones). Tampoco se ha podido observar alguna evolución o cambios desde que la misma fue publicada para perfeccionarla: parece que había que crear esa página, publicitar tal hecho y después limitarse a incluir en ella las noticias oficiales.


Actualización (14-1-10)


El Ministerio de Justicia nos ha enviado una comunicación en la que, haciéndose eco de nuestro análisis, informa de las modificaciones realizadas para solucionar los problemas detectados. Sin duda,nos congratulamos de que nuestras críticas sean tenidas en cuanta, pero más aún de que efectivamente se resuelvan los problemas detectados.


Sin embargo, las cuestiones relativas a la estructura y facilidad de acceso al contenido, exigirián quizás un nuevo diseño o una nueva concepción de la página. Queda también pendiente el incluir contenido de interés para el ejercicio de nuestra profesión más allá de las noticias oficiales (referencias a artículos doctrinales, jurisprudencia, etc.)