Este lunes UPSJ conoció el resultado favorable a nuestras pretensiones del contencioso sostenido en la provincia de Tarragona entre los sindicatos, UPSJ y los compañeros del ASSAJ. Finaliza así el último pleito pendiente de las múltiples impugnaciones contra las inclusiones de los Letrados de la Administración de Justicia en los censos electorales sindicales presentadas en gran parte del territorio nacional.

Con fecha 27 de septiembre de 2016 el Juzgado de lo Social número 2 de Tarragona ha dictado sentencia confirmando la resolución arbitral de EXCLUIR a los Letrados de la Administración de Justicia del referido censo y desestimando la demanda interpuesta por STAJ contra ASSAJ y UPSJ, que suplicaba la inclusión de nuestro colectivo en el censo electoral. Os enlazamos aquí el texto íntegro de la sentencia para vuestro conocimiento.

La resolución judicial recoge en esencia los argumentos de la sentencia de 17 de septiembre de 2015 dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Girona, recaída en un pleito análogo interpuesto por varios sindicatos esa vez contra UPSJ. Por su importancia, destacamos de la resolución su fundamento de derecho séptimo, donde la Magistrada-Juez, aborda el fondo del asunto y concluye que la inclusión de los Letrados de la Administración de Justicia en los censos electorales y su participación en las Juntas de Personal en territorios transferidos supone reconocer un derecho a la negociación colectiva tan mermado e incompleto, que en realidad quedamos “ privados en la práctica de nuestro derecho de negociación colectiva, representación y participación”, y les “impide de facto acceder a la negociación colectiva vulnerando de esta forma su derecho fundamental a la negociación colectiva”. No podemos estar más de acuerdo con la juzgadora, que ha sabido entender el porqué de nuestras reivindicaciones, que no es otro, que el conflicto de intereses con el resto de funcionarios y la falta de competencia de las CCAA respecto a los Letrados de la Administración de Justicia. Dos problemas irresolubles, a la vista del organigrama judicial y el mapa territorial español. Por tanto, mientras el Gobierno persista en incluirnos en los censos con el resto de funcionarios, como demostró con la aprobación del RDL 1/2015, con la connivencia de los sindicatos generalistas, sin ni siquiera consultarnos, y a pesar de haberse iniciado ya el proceso electoral, y no se plantee reconocer nuestra propia representatividad, nuestro derecho de negociación colectiva será un derecho fundamental sin contenido real y efectivo.

Han sido muchas batallas libradas en las Mesas electorales, en los Centros de Arbitraje y en los Juzgados de lo Social. El volumen de pleitos interpuesto en nombre de los Letrados de la Administración de Justicia ya demuestra la importancia que concede nuestro colectivo a la definitiva resolución del tema de nuestra negociación colectiva. Con los resultados en la mano, y con más de la mitad de nuestro colectivo sin representantes sindicales, es momento que el nuevo Gobierno entrante atienda políticamente a nuestra común y constante reivindicación de modificar nuestro sistema de negociación colectiva.

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